Seguros de Responsabilidad Civil
Es la obligación que tiene una persona, de reparar los daños, lesiones, perjuicio y daños moral, que ha causado a otra.
Daños materiales o lesiones: Menoscabo directo en el patrimonio de la víctima o en su persona.
Lesión: Daño a la integridad física de las personas.
Perjuicio: Privación de cualquier ganancia lícita que se hubiera obtenido, de no haberse producido el daño.
Daño Moral: Afectación en los sentimientos, creencias, honor, reputación o imagen pública de una persona.
La compañía Aseguradora se obliga a pagar los daños, así como los perjuicios y daño moral consecuencial, conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en los Estados Unidos Mexicanos (o legislación extranjera en el caso de que se hubiese convenido cobertura conforme a las condiciones particulares para el seguro de responsabilidad civil por daños en el extranjero), por hechos u omisiones NO dolosos ocurridos durante la vigencia de la póliza, y que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros, o el deterioro o la destrucción de bienes propiedad de los mismos.
Tercero: Es aquella persona dañada que NO tiene ningún vínculo económico con el responsable del daño y a quien se considerará como beneficiario desde el momento del siniestro.
Cuando tienes a BRUXU a tu lado, no hay por qué preocuparse.